Apertura de Comercio
Dirección:
Tesorería/ Ingresos.
Dirigido a:
Personas físicas y morales.
Tiempo de respuesta(días):
4 días hábiles.
Área(s) responsable(s):
Subdirección de Desarrollo Económico.
Costo:
Cobro de basura, uso de suelo.
Teléfono(s):
(01) (987)8729800 Ext. 5108.
Horario de atención al público:
De 8:00 am. a 3:00 pm.
Requisitos:
- Alta del S.A.T. (Servicio de Administración Tributaria).
- Pago del Impuesto Predial actual.
- IFE / arrendador y arrendatario.
- Recibo de pago predial vigente copia; no se checa por sistema.
- Dos fotos del lugar (interior y exterior).
- Contrato de arrendamiento o carta de préstamo.
- Certificado de Protección Civil.
- Verificación sanitaria (en caso de ser necesaria).
- Acta constitutiva y carta poder con acreditación de representante legal (en caso de ser personas morales).
- Licencia de Anuncios (fisonomía urbana).
- Permiso ambiental (Ecología).
- Inscripción en el S.I.E.M. (Sistema de Información Empresarial Mexicano).
Ubicación:
Módulo S.A.R.E. (Sistema de Apertura Rápida de Empresas). Planta Baja, Palacio Municipal.
Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):
- Ley de Hacienda de los Municipios.
- Art. 121 del Código Fiscal Municipal del Estado de Quintana Roo.
- Art.6, fracción segunda; Transitorio de la Ley de Ingresos del Municipio de Cozumel, Estado de Quintana Roo, para el ejercicio fiscal 2013.
- Art. Segundo publicado en el Periódico Oficial del Estado el 13 de diciembre del 2010. (Tabulador de tarifas de los derechos por el servicio de recolección, transportación, tratamiento y destino final de residuos sólidos del municipio de Cozumel, Quintana Roo); Decreto 3856. Carta de Uso del Suelo giro comercial se precisa de conformidad al artículo 89.
- Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Quintana Roo. Art. 33; Carta de Uso del Suelo Giro Comercial, es el documento en el que se manifiesta los giros comerciales permitidos correlativamente a la compatibilidad con los usos del suelo predominantes en la zona y las condicionales a que está sujeto por su ubicación y demanda de servicios municipales. Art. 34.
Comentario(s)
El costo se aplica según el tabulador de la Tesorería Municipal.
Documento que se expide:
Licencia de Funcionamiento de Bajo Riesgo.