Desarrollo Urbano y Ecología
Personas físicas y morales.
5 a 10 días hábiles, a partir de la fecha de recepción.
Coordinación de Uso y destino de suelo.
De acuerdo en lo establecido en la LEY DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE COZUMEL, DEL ESTADO DE QUINTANA ROO de CAPÍTULO VII ALINEAMIENTOS DE PREDIOS, CARTAS DE FACTIBILIDAD Y/O CONSTANCIAS DE USO DE SUELO, NÚMERO OFICIAL, MEDICIÓN DE PREDIOS Y/O SOLARES DEL FUNDO LEGAL Y SERVICIOS CATASTRALES
Artículo 92. Se establece la obligación de obtener el alineamiento, constancia de uso de suelo y número oficial de los predios antes de que se ejecuten las obras de construcción, ampliación y reconstrucción para los que se requiera licencia. Los derechos respectivos se cubrirán previamente de acuerdo con las cuotas que fijan la siguiente:
III. Factibilidad, congruencias, compatibilidades urbanísticas y/o constancia de uso y destino de suelo:
Párrafo reformado POE 30-11-2015
01(987)8729800 ext. 6000
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
Nota importante: Se le informa que toda la documentación que integra el expediente deberá ser presentada en forma digital (CD o USB).
*Se recomienda el uso de una carpeta tamaño carta u oficio para hacer la entrega de la documentación de una manera ordenada.
Dirección de Desarrollo Urbano (Palacio Municipal. Planta Baja), Calle 13 sur S/N entre Av. Rafael E. Melgar y Calle Gonzalo Guerrero, Colonia Andrés Quintana Roo. C.P. 77664. Cozumel, Q. Roo, México.
REGLAMENTO DE CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO .artículos 115 fracción V incisos d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 11 fracción XI de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; artículo 8 fracciones IV y V, 9, 17, 52 y 54 de la Ley de Asentamientos Humanos de Estado de Quintana Roo; artículo 193 inciso b del Bando de Policia y Buen Gobierno del Municipio de Cozumel, Quintana Roo; artículo 14 inciso B fracción II y 35 fracción IV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cozumel y artículos 1, 4 fracciones II, IV, V, VII, XIII, XIV, XVI, XVII, 40, 41, 56, 83, 84, 85, 89, 90, 91 y 92 del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel, en concordancia con lo dispuesto por el PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLOGICO LOCAL DE LA ISLA COZUMEL, QUINTANA ROO, en atención a lo establecido en el convenio de fecha 28 de Noviembre del año 2005, llevado acabo entre la SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, así como GOBIERNO DEL ESTADO DE QUINTANA ROO a través de la SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y MEDIO AMBIENTE, y el MUNICIPIO DE COZUMEL, QUINTANA ROO, mismo POEL, que fuera publicado en el DIARIO OFICIAL DEL ESTADO en fecha 21 de Octubre del año dos mil ocho, precisamente en el tomo III, NUMERO 102 EXTRAORDINARIO SEPTIMA ÉPOCA, así como el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, publicado en el periódico oficial del Estado Publicado en el Periódico Oficial el 27 de abril de 2006. Última Reforma Publicada el 22 de marzo de 2011; (en caso de que aplique un programa parcial incluirlo también); a través de la Dirección Desarrollo Urbano y Ecología.
Es el documento mediante el cual se autoriza a los propietarios a una Congruencia de Uso de Suelo para Solicitud de Concesión de Zonas Federales.
Congruencia de Uso de Suelo para Solicitud de Concesión de Zonas Federales.