Divorcio Administrativo Mixto

Dirección:

Registro Civil.

Dirigido a:

Personas físicas.

Tiempo de respuesta(días):

Dependiendo del trámite.

Área(s) responsable(s):

Registro Civil.

Costo:

  • Pago Municipal

Registro de divorcio: $7,057.00

Anotación marginal: $71.00

Copia certificada: $217.00

Solicitud: $163.00

  • Pago Estatal

Anotación marginal: $109.00

Teléfono(s):

(01) (987) 8722295

Horario de atención al público:

8:00 a 15:00 horas.

Requisitos:

  • Que los contrayentes se encuentren en las condiciones que establece el artículo 800 del código de procedimientos civiles del Estado de Quintana Roo.

La liquidación de bienes a que se refiere el presente artículo podrá realizares ante el juez o el notario público aplicando lo siguiente: Matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, disolución de la misma ante notario público.

CON BIENES INMUEBLES:

  • Liquidación de bienes mediante escritura pública notariada o liquidación de bienes judicial.

SIN BIENES INMUEBLES:

  • Solicitud debidamente llenada.
  • Carta protesta manifestando no tener bienes en común.
  • Acta de matrimonio certificada.
  • Acta de nacimiento certificada, CURP certificada, Identificación oficial vigente INE/IFE (del conyugue mexicano)
  • Pasaporte vigente (del conyugue extranjero)
  • Manifestación de cada uno de los conyugues , bajo protesta de decir la verdad de no tener hijos o que éstos son mayores de edad.
  • Manifestación de cada uno de los conyugues, bajo protesta de decir la verdad, que es su libre voluntad disolver el vínculo matrimonial.
  • Acta de nacimiento certificada de los hijos (si tuviesen)
  • Carta de residencia u origen y vecindad de uno o ambos conyugues (Palacio Municipal)
  • Identificación oficial vigente INE/IFE y CURP certificada de 2 testigos(Indispensable sepan firmar)
  • Certificado médico de no gravidez con sello y firma original, no digital (Realizar dos días antes de la cita en el registro y presentar el día de la cita)

Ubicación:

Prolongación 30 Ave. Entre 37 y 39 s/n Colonia San Miguel II C.P. 77666.

Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):

Reglamento del Registro Civil Art. 615 Código Civil Cap. IX.

Comentario(s):

  • Toda la documentación se presentará en original y dos copias, se aceptará toda la documentación que se presente en buen estado y no contenga tachaduras , enmendaduras, sin alteraciones, totalmente legibles.
  • No se aceptarán fotografías.
  • Las actas certificadas deberán tener sellos claros, firma legible, formato completo.
  • En caso de presentar INE/IFE, que la firma y el rostro sean legibles e imprimir vigencia (https://www.ine.mx/ o https://listanominal.ine.mx/scpln/)

Documento que se expide:

Boleta de Registro. No tiene vigencia.

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