Permiso de Construcción para Remodelaciones y Obras Menores

Dirección:

Desarrollo Urbano y Ecología.

Dirigido a:

Personas físicas y morales

Tiempo de respuesta(días):

3 días hábiles a partir de la fecha de recepción.

Área(s) responsable(s):

Coordinación de Acciones Urbanísticas.

Costo:

Sin costo.

Teléfono(s):

01(987)8729800 ext. 6000

Horario de atención al público:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

Requisitos:

Bardas hasta 2.40m de altura, construcción, o modificación de banquetas, obras menores de remodelación, demoliciones aisladas hasta 16m2.

1.Oficio libre solicitando el permiso para llevar a cabo obras menores de construcción o remodelación, este debe contener nombre del propietario, dirección y especificaciones generales de las actividades que se vayan a realizar.

2.Copia del documento que acredita la propiedad del predio o la posesión del predio.

3.Copia de identificación oficial del propietario y/o del arrendatario en su caso.

4.Copia de la certificación de medidas y colindancias con croquis catastral expedidos por la dirección de catastro municipal en caso de bardas exteriores y delimitación de predios

5.Carta responsiva firmada por el propietario en caso de demolición aislada de hasta 16 m2.

Nota importante: Se le informa que toda la documentación que integra el expediente  deberá ser  presentada  en forma digital (CD o USB).

* Se recomienda el uso de una carpeta tamaño carta u oficio para hacer la entrega de la documentación de una manera ordenada.

Ubicación:

Dirección de Desarrollo Urbano (Palacio Municipal. Planta Baja), Calle 13 sur S/N entre Av. Rafael E. Melgar y Calle Gonzalo Guerrero, Colonia Andrés Quintana Roo. C.P. 77664. Cozumel, Q. Roo, México.

Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):

Artículos 115 fracción V incisos d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 11 fracciones II, III y XI de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; artículo 2 fracción XXIII, 4 fracción I y II, 8 fracciones I, IV y V, 9, 17, 52 y 54 de la Ley de Asentamientos Humanos de Estado de Quintana Roo; artículo 14 inciso B fracción II y 35 fracción IV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cozumel; artículo 193 inciso b), de Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, así como los artículos 1, Art.4, Art. 8, Art. 26, Art. 27, Art. 29, Art. 33, Art. 34, Art. 35, Art. 61 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Anuncios de Cozumel, Q. Roo.

Comentario(s):

1. Es el documento que autoriza el procedimiento constructivo para llevar a cabo las acciones urbanísticas correspondientes a la clasificación de obras menores.

2. Los expedientes para poder ser ingresados y evaluados deberán estar debidamente integrados con la documentación completa requerida.

Documento que se expide:

Permiso de remodelación menor, permiso de modificación de banqueta, demolición aislada y de barda menor de 2.40 metros. Se fijará el plazo de vigencia, según la magnitud y características particulares en cada caso.

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