Licencia para Reparación Estructural

Dirección:

Desarrollo Urbano y Ecología

Dirigido a:

Personas físicas y morales.

Tiempo de respuesta(días):

10 a 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción.

Área(s) responsable(s):

Coordinación de Acciones Urbanísticas.

Costo:

De acuerdo en lo establecido en el reglamento de construcciones del De acuerdo en lo establecido en el reglamento de construcciones del municipio de Cozumel en su artículo 91 y a la Ley de Hacienda del Municipio de Cozumel, del estado de Quintana Roo, Última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2019, articulo 77.

A) Cuando se trate de casa habitación:

  • 55 m2 hasta 90 M2 de construcción, se pagará por M2 de construcción 0.15 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
  • Más de 90 M2 zona urbana se pagará por M2 de construcción 0.20 U.M.A (Unidad de Medida y Actualización).
  • Más de 90 M2, zona hotelera se pagará por M2 de construcción 0.25 U.M.A (Unidad de Medida y Actualización).

B) Por revisión, validación y aprobación de planos:

  • En la primera planta, M208 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
  • En la segunda planta M208 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).

C) Comercial y/o de servicios Zona Urbana, se pagará por M2 0.25 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).

D) Comercial y/o de servicios Zona Turística, se pagará por M2 0.50 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).

E) Comercial y/o de servicios en zonas diferentes a las anteriormente señaladas se pagará por M2 0.20 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).

F) Industrial y cualquier índole se pagará por M2 0.50 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).

Lugares donde se efectúa el pago: Transferencia Bancaria o en las Cajas de la Tesorería Municipal.

Teléfono(s):

(987)8729800 ext. 6000

Horario de atención al público:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

Requisitos:

1. Solicitud de licencia llenada y firmada por el propietario y el D.R.O.

2. Documento que acredite la propiedad del predio o Contrato de arrendamiento vigente (se deberá anexar copia de identificación oficial del propietario o arrendador y arrendatario según sea el caso. En el caso de empresas, se deberá anexar Acta constitutiva para personas morales, (anexar poder notarial con copias de identificación oficial).

3. Copia del recibo de pago del impuesto predial vigente.

4. Copia de los recibos de pago expedidos por el colegio de Ingenieros y Arquitectos.

5. Copia de cédula catastral, emitida por la Dirección de Catastro Municipal.

6. Copia del recibo de zona federal cuando sea el caso.

7. Proyecto estructural de reparación y memoria de cálculo.

8. Copias de planos debidamente acotados y especificados, incluyendo plantas arquitectónicas, estructural, fachada, cortes, localización, con la firma del D.R.O. con el formato de cuadro de datos del municipio debidamente elaborado.

9. Documento de autorización en materia de impacto ambiental vigente emitido por la instancia competente ya sea Federal o Estatal. Deberá incluir el estudio en materia de impacto ambiental (Manifestación de Impacto Ambiental -MIA) y su resolutivo correspondiente. (cuando aplique).

10. Copia del proyecto digital.

11. Carta poder en caso de no ser el propietario.

 

Nota importante: Se le informa que los planos o croquis anexos al expediente deberán presentarse en forma digital (USB o enviar al correo [email protected] con el folio correspondiente en el apartado “asunto”)

* Se recomienda el uso de una carpeta tamaño carta para hacer la entrega de la documentación de una manera ordenada.

Ubicación:

Dirección de Desarrollo Urbano (Palacio municipal. Planta Baja). Calle 13 sur S/N entre Av. Rafael E. Melgar y Calle Gonzalo Guerrero, Colonia Andrés Quintana Roo. C.P. 77664. Cozumel, Q. Roo, México.

Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):

Artículos 115 fracción V incisos d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 fracción I, II y V, XVII, 2, 4 fracción I, II, VIII, 8 fracción IV, VI, XVII,  9, 11 fracciones I, II y XI, 47 y 54 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; artículo 6 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo; artículo 14 inciso B fracción II y 35 fracción IV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cozumel; artículo 193 inciso b), de Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, así como los artículos 1, 4, 8, 26, 27, 29, 33, 34, 35, 61 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Anuncios de Cozumel, Q. Roo y artículos 1, 4 fracciones II, IV, VII, XIII, XIV, 30, 31,82,85 Y 91 del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel, en concordancia con lo dispuesto por el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel.

Comentario(s):

  • Es la licencia para llevar a cabo modificaciones o reparaciones en los elementos estructurales de una obra edificada.
  • Los expedientes para poder ser ingresados y evaluados deberán estar debidamente integrados con la documentación completa requerida
  • Para la resolución favorable del expediente deberá cumplir con los lineamientos y normas del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel, Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel y demás normatividad aplicable.

Documento que se expide:

Licencia para Reparación Estructural, se fijará el plazo de la vigencia de la licencia, según la magnitud y características particulares en cada caso.

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