Permiso para Remodelaciones Aisladas de hasta 16.00 m² y/o Modificación de Banqueta

Dirección:

Desarrollo Urbano y Ecología.

Dirigido a:

Personas físicas y morales.

Tiempo de respuesta(días):

10 a 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción.

Área(s) responsable(s):

Coordinación de Acciones Urbanísticas.

Costo:

​Sin costo.

Teléfono(s):

(987)8729800 ext. 6000

Horario de atención al público:

Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

Requisitos:

1. Oficio libre solicitando el permiso para llevar a cabo obras menores de construcción o remodelación, este debe contener nombre del propietario, dirección y especificaciones generales de las actividades que se vayan a realizar.

2. Copia del documento que acredita la propiedad del predio o la posesión del predio.

3. 2 Fotografías a color recientes del predio (interior y exterior).

4. Copia de identificación oficial del propietario y/o del arrendatario en su caso.

5. Copia de la certificación de medidas y colindancias con croquis catastral expedidos por la dirección de catastro municipal en caso de bardas exteriores y delimitación de predios.

6. Carta responsiva firmada por el propietario en caso de demolición aislada de hasta 16 m2.

7. Copia de identificación oficial (INE).

8. Carta poder en caso de no ser el propietario.

Nota importante: Se le informa que los planos o croquis anexos al expediente deberán presentarse en forma digital (USB o enviar al correo [email protected] con el folio correspondiente en el apartado «asunto»).

* Se recomienda el uso de una carpeta tamaño carta u oficio para hacer la entrega de la documentación de una manera ordenada.

Ubicación:

Dirección de Desarrollo Urbano (Palacio Municipal, planta baja). Calle 13 sur S/N entre Av. Rafael E. Melgar y Calle Gonzalo Guerrero, Colonia Andrés Quintana Roo. C.P. 77664. Cozumel, Q. Roo, México.

Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):

Artículos 115 fracción V incisos d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 fracción I, II y V, XVII, 2, 4 fracción I, II, VIII, 8 fracción IV, VI, XVII,  9, 11 fracciones I, II y XI, 47 y 54 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; artículo 6 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo; artículo 14 inciso B fracción II y 35 fracción IV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cozumel; artículo 193 inciso b), de Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, así como los artículos 1, 4, 8, 26, 27, 29, 33, 34, 35, 61 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Anuncios de Cozumel, Q. Roo y artículos 1, 4 fracciones II, IV, VII, XIII, XIV, 30, 31,82,85 Y 91 del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel, en concordancia con lo dispuesto por el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel.

Comentario(s):

  • Es el documento que autoriza el procedimiento constructivo para llevar a cabo las acciones urbanísticas correspondientes a la clasificación de obras menores.
  • Los expedientes para poder ser ingresados y evaluados deberán estar debidamente integrados con la documentación completa requerida.
  • Para la resolución favorable del expediente deberá cumplir con los lineamientos y normas del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel, Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel y demás normatividad aplicable.

Documento que se expide:

Permiso de modificación de banqueta o en su caso demolición aislada. Se fijará el plazo de vigencia, según la magnitud y características particulares en cada caso.

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