Prórroga de Licencia de Construcción
Dirección:
Desarrollo Urbano y Ecología
Dirigido a:
Personas físicas y morales.
Tiempo de respuesta(días):
10 a 15 días hábiles a partir de la fecha de recepción.
Área(s) responsable(s):
Coordinación de Acciones Urbanísticas.
Costo:
De acuerdo en lo establecido en el reglamento de construcciones del De acuerdo en lo establecido en el reglamento de construcciones del municipio de Cozumel en su artículo 91 y a la Ley de Hacienda del Municipio de Cozumel, del estado de Quintana Roo, Última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2019, articulo 77.
A) Cuando se trate de casa habitación:
- 55 m2 hasta 90 M2 de construcción, se pagará por M2 de construcción 0.15 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
- Más de 90 M2, zona urbana se pagará por M2 de construcción 0.20 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
- Más de 90 M2, zona hotelera se pagará por M2 de construcción 0.25 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
B) Por revisión, validación y aprobación de planos:
- En la primera planta, M208 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
- En la segunda planta M2 08 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
C) Comercial y/o de servicios Zona Urbana, se pagará por M225 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
D) Comercial y/o de servicios Zona Turística, se pagará por M250 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
E) Comercial y/o de servicios en zonas diferentes a las anteriormente señaladas se pagará por M220 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
F) Industrial y cualquier índole se pagará por M250 U.M.A. (Unidad de Medida y Actualización).
Lugares donde se efectúa el pago: Transferencia Bancaria o en las Cajas de la Tesorería Municipal.
Teléfono(s):
(987)8729800 ext. 6000
Horario de atención al público:
Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m
Requisitos:
1. Solicitud por escrito de prórroga de licencia de construcción firmada por el Propietario y el D.R.O.
2. Descripción general de los trabajos faltantes se deberá incluir el porcentaje de obra faltante en relación a la superficie autorizada en la licencia.
3. Copia de los recibos de pago expedidos por el colegio de Ingenieros y Arquitectos.
4. Copia de la licencia de construcción autorizada.
5. 2 juego de planos arquitectónicos autorizados anteriormente. (1 original y 1 copia)
6. Copia de la identificación oficial del propietario.
7. Fotografías a color recientes del avance de obra (interior y exterior).
8. Copia de identificación oficial (INE).
9. Carta poder en caso de no ser el propietario.
Nota importante: Se le informa que los planos o croquis anexos al expediente deberán presentarse en forma digital (USB o enviar al correo [email protected] con el folio correspondiente en el apartado «asunto»).
Se recomienda el uso de una carpeta tamaño carta u oficio para hacer la entrega de la documentación de una manera ordenada.
Ubicación:
Dirección de Desarrollo Urbano (Palacio municipal. Planta Baja). Calle 13 sur S/N entre Av. Rafael E. Melgar y Calle Gonzalo Guerrero, Colonia Andrés Quintana Roo. C.P. 77664. Cozumel, Q. Roo, México.
Fundamento(s) jurídico-administrativo(s):
Artículos 115 fracción V incisos d y f de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 fracción I, II y V, XVII, 2, 4 fracción I, II, VIII, 8 fracción IV, VI, XVII, 9, 11 fracciones I, II y XI, 47 y 54 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo; artículo 6 de la Ley de Acciones Urbanísticas del Estado de Quintana Roo; artículo 14 inciso B fracción II y 35 fracción IV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cozumel; artículo 193 inciso b), de Bando de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Cozumel, Quintana Roo, así como los artículos 1, 4, 8, 26, 27, 29, 33, 34, 35, 61 y demás relativos y aplicables del Reglamento de Anuncios de Cozumel, Q. Roo y artículos 1, 4 fracciones II, IV, VII, XIII, XIV, 30, 31,82,85 Y 91 del Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel, en concordancia con lo dispuesto por el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel.
Comentario(s):
- Es el documento que autoriza la ampliación de la vigencia de una licencia de construcción previamente autorizada si terminado el plazo otorgado para la ejecución de una obra, ésta no se hubiera concluido. Si dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de una licencia no se obtiene una prórroga señalada, será necesario obtener licencia nueva para continuar la construcción.
- La prórroga de la licencia de construcción toma como expediente base, la documentación contenida en la licencia autorizada previamente sobre la cual se solicita la prórroga.
- Los expedientes para poder ser ingresados y evaluados deberán estar debidamente integrados con la documentación completa requerida. En el caso de hacer falta documento alguno será solicitado para complementar el expediente de prórroga.
- Para la resolución favorable del expediente deberá cumplir con los lineamientos y normas del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano de Cozumel, Reglamento de Construcciones para el Municipio de Cozumel y demás normatividad aplicable.
Documento que se expide:
Prórroga de Licencia de Construcción, tiempo de vigencia de las prórrogas de construcción que expida el Ayuntamiento de Cozumel, según el caso, estará en relación a la naturaleza y magnitud de la obra por ejecutar.